27 de enero de 2011

Confirmado: Sanción de 1 año para Alberto Contador por doping

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Ya hemos analizado en este blog en diversas ocasiones el tema del doping: la última con ocasión de la "Operación Galgo" , que está destrozando la credibilidad del deporte español en el mundo..

Ayer se confirmó otra más: ni siquiera le ha valido el famoso filete...
Bueno, sí que le ha valido: Le ha reducido el "tiempo de pena" a la mitad de la condena... y esto también va a dar que hablar -supongo que, desgraciadamente- más dentro de España, que el interior de la piel de toro...


Alberto Contador conoció ayer la propuesta de resolución de la Federación Española sobre su positivo por clembuterol en el Tour de Francia de 2010: un año de sanción. Ahora, el madrileño dispone de un plazo de diez días para presentar alegaciones contra este fallo. Pasado este margen de tiempo, se producirá el dictamen definitivo y se hará público. Que Contador sea suspendido conllevará automáticamente la pérdida de su tercer triunfo en la Ronda Gala. A lo largo de mañana el implicado dará una rueda de prensa en Mallorca.

La voluntad del corredor es la de recurrir la sentencia ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS). En repetidas ocasiones ha declarado que no consentiría "ningún tipo de castigo". Unión Ciclista Internacional (UCI) y Agencia Mundial Antidopaje (AMA, el organismo que efectuó el control en el que dio positivo) también podrían apelar la resolución, ya que estiman que la sanción de Contador debería extenderse a dos años. El clembuterol se trata de una sustancia exógena y cualitativa, lo que significa que en el momento en que se le detecta a un deportista, da igual la cantidad descubierta (fueron 50 picogramos), conlleva una suspensión de dos años. El hecho de que el Comité haya determinado que la sanción sea sólo de un año es porque considera que no hubo dopaje voluntario (lo que expone la defensa), porque si no tendría que ser de dos. Sin embargo, en ninguno de los informes científicos se logra probar que el clembuterol proceda de un filete contaminado.


Así, al ciclista de Pinto se le complica la temporada 2011. Al margen de que el caso acabe seguramente en el TAS, por lo que la resolución final se sabría en junio o julio, de mantenerse el año de castigo Alberto tampoco disputaría la Vuelta. Según el Código Antidopaje de la UCI (reproducido abajo), la suspensión entra en vigor cuando se le comunica el positivo al corredor. Es decir, el 24 de agosto. Como la Vuelta de 2011 comienza el 20 agosto (el cambio en el calendario se solicitó en junio de 2010, bastante antes de que estallara todo este tema), se perdería la carrera por cuatro días. También es cierto que Contador puede alegar ante la UCI que no compitió tras el Tour, e intentar que la pena se aplique desde la fecha del positivo.


Si es culpable, que pague, aunque como resalta Jose Felix Díaz, lo llamativo del caso Contador, sea admitido o no el recurso que terminará presentando al TAS, es que el asunto del positivo estaba archivado por la propia UCI, que ya era historia al no considerarlo positivo. La filtración del resultado del análisis por parte del laboratorio a una televisión alemana consiguió que el caso volviera a ser tratado y debatido por los diferentes organismos a los que salpica el asunto. De no existir esa filtración, el resultado del análisis de la muestra de Contador en el día de descanso del Tour se habría quedado en el limbo, perdido entre otros muchos casos sin definición plena. Ahora la presión mediática y el interés de algunos organismos como la UCI llevarán a Contador a dejar las carreteras durante todo el año 2011, en principio. Al menos, mantendrá el 70% del contrato al quedar la sanción en doce meses.

Fuentes: As.com, ElConfidencial.com

Escrito por: Carlos López Vivas.

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